Page 16 - ESTATUTOS
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A) La asamblea general
B) La Junta Directiva
C) El Gerente.
ARTICULO 40. - LA ASAMBLEA.
La asamblea general es el máximo órgano de administración del Fondo de Empleados. Sus
decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de
conformidad con las normas legales, estatutarias y reglamentarias.
La asamblea la conforma la reunión debidamente convocada de los asociados hábiles o de
los delegados elegidos directamente por ellos.
PARAGRAFO.- Son asociados hábiles para efectos del presente artículo los inscritos en el
registro social que en la fecha de la convocatoria, no tengan suspendidos sus derechos y
se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones con el Fondo de Empleados.
ARTICULO 41. - FUNCIONES DE LA ASAMBLEA.
La asamblea general cumplirá las siguientes funciones:
A) Determinar las directrices generales de funcionamiento del Fondo
B) Analizar los informes de los órganos de administración y vigilancia.
C) Considerar y aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio
D) Destinar los excedentes y fijar los montos de los aportes y de los ahorros
obligatorios con sujeción a los presentes estatutos y establecer aportes extraordinarios.
E) Elegir o declarar electos los miembros de la Junta Directiva y el Revisor Fiscal así
como los miembros del comité de control social y los suplentes.
F) Estudiar y aprobar las reformas de estatutos.
G) Decidir acerca de la fusión, incorporación, transformación y liquidación del Fondo de
Empleados.
H) Aprobar el presupuesto de la Revisoría Fiscal.
I) Aprobar las compras de activos fijos y erogaciones que sobrepasen el valor equivalente
al cinco por ciento (5%) del patrimonio registrado en el último balance anual.
J) Las demás que determinen los estatutos
K) Elegir el comité de apelaciones, que estará integrado como mínimo, por tres (3)
asociados o delegados, presentes en la asamblea.
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